馃敶No te confundas: el SAT no dio pr贸rroga a la factura 4.0

Redacci贸n Oscar No Que No 

A partir del 1 de enero de 2023 se deber谩 usar obligatoriamente la versi贸n 4.0 de facturaci贸n, con excepci贸n del CFDI de n贸mina

El Servicio de Administraci贸n Tributaria (SAT) recientemente otorg贸 una pr贸rroga, hasta el 31 de marzo de 2023, para que los contribuyentes puedan seguir optando por usar la versi贸n 3.3 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para los recibos de n贸mina.

Lo anterior se anunci贸 con la segunda versi贸n anticipada de la Novena Resoluci贸n de Modificaciones a la Resoluci贸n Miscel谩nea Fiscal (RMF) para 2022. Espec铆ficamente, en el Art铆culo Quinto Transitorio.

Algunos medios reportaron que la pr贸rroga aplica para todos los tipos de facturas en la versi贸n 4.0 como son:

  • Ingreso.
  • Egreso.
  • Pago.
  • Traslado.
  • N贸mina.

La pr贸rroga s贸lo es para el CFDI de n贸mina

Pero de acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltr谩n L贸pez, el art铆culo transitorio mencionado no aplica a todos los CFDI, s贸lo a uno: al CFDI de n贸mina.

El asesor, expositor y catedr谩tico explic贸 que los patrones pueden seguir con la convivencia de los CFDI 3.3 y 4.0, s贸lo para la n贸mina y su complemento, hasta el 31 de marzo de 2023.

As铆 que a partir del 1 de abril de 2023, los patrones tendr谩n que usar la versi贸n 4.0 para los CFDI de n贸mina.

Por eso, Beltr谩n L贸pez advirti贸 que para los dem谩s CFDI se debe usar la versi贸n 4.0 a partir del 1 de enero de 2023.

Esto s贸lo cambiar铆a si el SAT hiciera un cambio, pero el especialista duda que eso suceda.

– Con informaci贸n de Mario Beltr谩n.

Fuente : El contribuyente 


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