Además, resalta que la constitución general fue a su promulgación la primera del Siglo XX en establecer algunos derechos sociales, como son la libertad de expresión, derechos laborales y propiedad de la tierra, así como la enseñanza laica y gratuita.
Mientras que, respecto a la fecha, la LFT apunta como día feriado el primer lunes de febrero, por la Constitución, así como el tercer lunes de marzo, por el natalicio de Benito Juárez, siendo éstas los únicos días en que no se estipula la fecha exacta, como con el 1 de mayo, el 16 de septiembre y el 25 de diciembre.
Al igual que tú descansarás, también lo harán las instituciones bancarias, por lo que es mejor que adelantes tus pagos a este viernes para que no se te pasen y tengas recargos.
Descanso o dinero
Por otra parte, recuerda que, de acuerdo con el artículo 75 de la LFT, si en tu trabajo no te dejan descansar el lunes 6 de febrero deberás recibir un salario doble, además del pago de tu día regular, a manera de compensación
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”
Ley Federal del Trabajo
En tanto que el mismo artículo destaca que el número de empleados que deban trabajar durante los días de asueto será acordado entre el patrón y los trabajadores.
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